“Levantar la sucesión” es una de las frases más comunes que escuchamos. Es el término que usamos los colombianos para referirnos a iniciar formalmente el proceso de herencia. Es el punto de partida, y a menudo, el más confuso.
¿Por dónde empiezo? ¿Qué llamo primero? ¿Al abogado, a la notaría, al banco?
Si se siente así, está en el lugar correcto. Hemos diseñado una hoja de ruta simple de 4 fases para “levantar” su sucesión de forma ordenada y sin estrés.
Fase 0: El Diagnóstico (¿Cuál es su camino?)
Antes de dar el primer paso, necesita saber en qué camino está. En Colombia, solo hay dos, y su elección no es opcional, es obligatoria.
- Camino 1: La Vía Notarial (Rápida). ¿Todos los herederos están de acuerdo en todo? ¿Son todos mayores de edad? Si la respuesta a ambas es “Sí”, este es su camino.
- Camino 2: La Vía Judicial (Larga). ¿Hay un menor de edad? ¿Un heredero no está de acuerdo? ¿No se sabe dónde está un beneficiario? Si la respuesta a CUALQUIERA es “Sí”, este es su camino.
Saber esto es el verdadero “Paso 0”, porque define toda la estrategia, los tiempos y los costos.
Fase 1: La Chispa Legal (El Documento Indispensable)
Ningún proceso de sucesión, ni notarial ni judicial, puede “levantarse” sin este documento.
El Registro Civil de Defunción.
Este es el documento que legalmente “abre” la sucesión. Es la prueba fehaciente del fallecimiento y la fecha exacta en que los herederos adquieren sus derechos.
- Acción Concreta: Diríjase a la notaría o registraduría donde se inscribió el fallecimiento y solicite una copia auténtica y reciente.
Fase 2: Trazar el Mapa (El Inventario de Bienes)
No se puede repartir un patrimonio que no se conoce. “Levantar” la sucesión implica crear un mapa detallado de lo que dejó el causante. Este mapa tiene dos caras:
Los Activos (Lo que hay)
Debe reunir los documentos que prueben la propiedad de:
- Inmuebles: Certificados de Tradición y Libertad (recientes) y copias de las Escrituras.
- Vehículos: Tarjeta de propiedad y Certificado de Tradición.
- Finanzas: Certificados bancarios de saldos en cuentas, CDTs, acciones, etc.
Los Pasivos (Lo que se debe)
Las deudas también se heredan y deben pagarse con los activos.
- Deudas: Extractos de tarjetas de crédito, certificados de saldos de hipotecas o préstamos.
Fase 3: Identificar a los Herederos (La Prueba de Vínculo)
Ya sabe qué se va a repartir, ahora debe probar legalmente quiénes tienen derecho a recibirlo.
- Para Hijos: Registros Civiles de Nacimiento de cada uno.
- Para Cónyuge/Compañero: Registro Civil de Matrimonio o Escritura de Unión Marital de Hecho.
- Para Padres (si no hay hijos): Registro Civil de Nacimiento del fallecido (para probar quiénes son sus padres).
- Si hay Testamento: Conseguir la copia auténtica del testamento.
Fase 4: Elegir al Piloto (Su Abogado)
Una vez que tiene las Fases 0, 1, 2 y 3 claras, ha llegado el momento de “levantar” formalmente la sucesión.
Con esta carpeta (el diagnóstico, el registro de defunción, el mapa de bienes y las pruebas de parentesco), usted contacta a un abogado especialista en sucesiones.
Su abogado tomará esta información y la convertirá en los documentos legales requeridos:
- El Poder: Para representarlo.
- La Solicitud (Notaría) o Demanda (Juzgado): El escrito formal.
- El Trabajo de Partición: La propuesta de repartición.
Conclusión: “Levantar” es Organizar
Como puede ver, “levantar una sucesión” no es un acto mágico. Es un proceso de organización.
Cuando usted reúne el diagnóstico (acuerdo), el documento de inicio (defunción), el mapa (inventario) y la lista de herederos (registros civiles), ya ha hecho el 80% del trabajo. El 20% restante es la gestión legal que su abogado realizará para formalizarlo.