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Expertos en Sucesiones Notariales en Colombia

Tenemos el equipo ideal para asesorarte en tu sucesión, sea testada o intestada. Evita largos procesos judiciales.

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Un Trámite Ágil para Herederos

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El trámite se resuelve directamente en la notaría, sin necesidad de un largo proceso judicial.

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Menos Tiempo

La duración promedio es de 15 a 30 días hábiles, a diferencia de los meses o años de un juzgado.

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Menor Costo

Al ser un trámite administrativo y más rápido, los costos totales son significativamente menores.

¿Cuál es tu caso?

Existen dos caminos principales para una sucesión. Te ayudamos a identificar el tuyo.

Sucesión Intestada

(Sin Testamento)

Ocurre cuando el fallecido no dejó un testamento válido. En este caso, la ley establece el orden y la forma en que debe repartirse la herencia entre los beneficiarios.

Sucesión Testada

(Con Testamento)

Se realiza cuando el fallecido dejó un testamento, distribuyendo libremente sus bienes. Nuestro deber es asegurar que se cumpla su voluntad legalmente.

Requisitos para una Sucesión Notarial

El proceso es claro, pero requiere cumplir con la documentación y el acuerdo de todos los beneficiarios.

1. Requisitos Clave

Acuerdo entre los herederos: Todos los beneficiarios deben estar de acuerdo en la partición de la herencia.

Representación Legal: Se requiere la intervención de un abogado para elaborar y presentar la solicitud, excepto si el patrimonio es inferior a 40 SMLMV.

2. Documentos Necesarios
  • Registro Civil de Defunción del Causante.
  • Registro Civil de nacimiento de los herederos.
  • Registro Civil de matrimonio si era casado.
  • Copia de la cédula de los interesados.
  • Escrituras y Certificados de Tradición de inmuebles.
  • Comprobantes fiscales (predial, valorización).
  • Documentos y certificados de vehículos.
  • Certificaciones bancarias y financieras.
  • Copia del testamento (si aplica).
  • Documentos que soporten pasivos (deudas).
3. El Trámite Paso a Paso
  1. Elaboración de la solicitud y partición por un abogado.
  2. Radicación en la notaría con la documentación completa.
  3. Publicación en periódico de amplia circulación y en radio.
  4. Fijación del edicto en la notaría por 10 días hábiles.
  5. Expedición de la escritura pública de adjudicación de bienes.

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